A partir de hoy los prestadores de servicios de salud, así como los institutos Mexicano del Seguro Social (IMSS) y de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE ) estarán obligados a brindar atención médica a las embarazadas que presenten una urgencia obstétrica, sean o no derechohabientes.
En el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Salud difunde un decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de las leyes General de Salud, del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.
En las tres leyes, se menciona que dichos institutos prestarán atención expedita a las mujeres embarazadas que presenten una urgencia obstétrica, solicitada de manera directa o a través de la referencia de otra unidad médica, en las unidades con capacidad para la atención de urgencias obstétricas.
Ello, independientemente de su derechohabiencia o afiliación a cualquier esquema de aseguramiento.
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